NUEVO GOLPE A LA PLUSVALÍA MUNICIPAL. El importe del impuesto no puede superar la ganancia real.

Según nota de prensa de 31 de octubre, El Pleno del Tribunal constitucional ha declarado que el art. 107.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado el 5 de marzo de 2004, es inconstitucional.

El Tribunal Constitucional analizaba un caso de un ciudadano que compró una casa en 2003 por 70.000 euros y la vendió por 73.000. Sin embargo, el impuesto de plusvalía le obliga a pagar 3.560 euros. El juez que instruyó el caso, entendió que esos 560 euros que debía pagar eran injustos y ahora el Tribunal Constitucional le da la razón.

Según el Tribunal Constitucional cuando existe un incremento de la transmisión y la cuota que sale a pagar es mayor al incremento realmente obtenido por el ciudadano, se estaría tributando por una renta inexistente, virtual o ficticia, produciendo un exceso de tributación contrario a los principios constitucionales de capacidad económica y no confiscatoriedad (art. 31.1 CE).

Esto quiere decir, que si la ganancia real obtenida con la venta, es inferior a la cuota que resulta a pagar tras calcular el impuesto, no habría obligación de tributar.

El Tribunal limita las situaciones susceptibles de ser revisadas exclusivamente a aquellas que no hayan adquirido firmeza a la fecha de su publicación.

En los próximos días se publicará y notificará la sentencia definitiva y podremos analizar en profundidad los argumentos jurídicos de la sentencia.

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