Novedades en la forma de facturar

A partir de 2024 cambia la forma de emitir facturas

 

El 11 de octubre de 2021 entró en vigor la 11/2021, conocida como “ley antifraude”.

Esta ley introduce importantes cambios en la forma de emitir y conservar las facturas.

Esta ley, lleva aparejado un reglamento en el que detallarán y desarrollarán los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos de facturación. Este reglamento ya ha terminó el trámite de exposición pública y está prevista su entrada en vigor el 1 de enero de 2024.

Estas son las principales novedades que introduce esta nueva legislación:

1º.- Código QR en todas las facturas

 

Todas las facturas tendrán que incluir un código QR a través del cual el cliente podrá proporcionar de forma  voluntaria determinada información de la misma a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.  Esto se puede realizar con la lectura del QR o facilitando el código identificativo de carácter alfanumérico que lo acompañará. La Agencia Tributaria facilitará en su sede electrónica una ruta en la que facilitar dicha información.

Con esta medida, la Agencia Tributaria tendrá una poderosa herramienta para la lucha contra el fraude, ya que aunque la remisión de estas facturas no tendrá la consideración de denuncia tributaria seguramente sea la vía de inicio de futuras inspecciones y procedimientos de comprobación en caso de detectarse anomalías.

2º.- La huella digital de la factura anterior

 

Esta novedad resulta menos llamativa y visible que los códigos QR.  Supone que cada nueva factura debe incluir la huella digital  hash de la factura inmediatamente anterior, de manera que cada factura estará referenciada a la anterior. Este sistema garantiza la trazabilidad e inalterabilidad del programa de facturación.

Este nuevo sistema es similar al “ticket Bai” que ya se aplica en la hacienda formal del País Vasco y al final, seguramente termine con la remisión de información en tiempo real de la facturación a la Agencia Tributaria.

 

3º.- Firma electrónica

Los programas de facturación tienen la obligación de firmar electrónicamente los registros de facturación de alta y de anulación, de manera que se garantiza que las facturas emitidas permanecen inalterables.

4º.- Posibilidad de remisión voluntaria a Hacienda de los Registros de Facturación

Se deja la puerta abierta a remitir voluntariamente a Hacienda los registros de facturación mediante un sistema llamado “sistema de emisión de facturas verificables”, o “VERI*FACTU”.

Se trata de un sistema que el contribuyente utilizará para remitir  efectivamente por medios electrónicos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente todos los  registros de facturación generados, que  tendrán la consideración de Sistemas de emisión de facturas  verificables.

En caso de utilizar VERI*FACTU no es necesario firmar digitalmente los registros de facturación a la que se refiere el artículo 12 de este Reglamento, siendo suficiente con que calculen la huella de dichos registros.

 

Pensamos que, con el tiempo, esta posibilidad pasará a ser una obligación

 

Como hemos dicho, todas estas novedades entrarán efectivamente en vigor a partir del 1 de enero de 2024, por lo que es recomendable aprovechas las ayudas del kit digital para actualizarse y ponerse al día. Os dejamos el enlace al artículo que publicamos sobre estas ayudas, que actualmente están en su segunda fase de convocatoria:

https://granadalegal.com/kit-digital/

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