Facturación electrónica obligatoria a partir de 2023

FACTURACIÓN ELECTRÓNICA OBLIGATORIA PARA TODOS

 

El pasado 15 de septiembre el Congreso de los Diputados ha aprobado de forma definitiva la Ley de Creación y Crecimiento Empresas, conocida como «Crea y Crece».

Por su interés, debemos destacar dos puntos del contenido de esta ley:

1º.- La facturación electrónica obligatoria para empresas como un método para reducir la morosidad entre empresas.

2º.- La posibilidad de constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de 1 euro.

 

En este artículo vamos a explicar un aspecto que va a afectar de forma directa en todas las empresas existentes, no solo las de nueva creación, como es la facturación electrónica obligatoria para empresas.

 

A partir de esta ley, cada vez que una empresa realice una factura para otra empresa o autónomo tendrá que ser en forma electrónico. Hasta hora, esta obligación solo afectaba a las empresas cuando tenían que facturas a las administraciones públicas, por lo que las empresas tendrán que adaptar sus sistemas en caso de que no lo estén ya para crear y remitir estas facturas electrónicas.

 

Habrá que esperar a la publicación definitiva en el BOE, pero esta ley es un paso más hacia un mayor control de la facturación por parte de Hacienda, que quiere implantar un modelo con el que se garantice una mayor trazabilidad y control de pagos. En definitiva caminamos hacia un “gran hermano fiscal” en la que Hacienda controle la facturación de las empresas casi en tiempo real.

 

Recomendamos a PYMES y autónomos que empiecen a adaptarse a este nuevo sistema, y si es posible que aprovechen las prometidas ayudas del kit digital para implantar un sistema que les permita emitir las facturas electrónicas y además cumplir con estos dos requisitos:

 

1º.- Facilitar al destinatario de la factura su visualización de forma gratuita y sin necesidad de imprimirlas.

 

2º.- Se debe facilitar a los clientes el acceso a sus facturas electrónicas durante, al menos, los últimos 4 años.

 

Periodo transitorio de adaptación

 

Hay un periodo de adaptación necesario para que las empresas se pongan al corriente con sus sistemas de facturación.

 

1.- Para las empresas cuya facturación anual supera los 8 millones de euros el plazo es de 1 año una vez publicado en el BOE la ley Crea y Emprende, es decir, en septiembre de 2023.

 

2.- Si la facturación es inferior a los 8 millones de euros el periodo de adaptación se va hasta los 3 años.

 

Nuestra recomendación a PYMES y autónomos es que hagan los deberes ya y se adapten lo antes posible, a ser posible aprovechando las ayudas del Kit digital o cualquier otra de las muchas anunciadas para las próximas fechas.

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