CRITERIO DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA SOBRE LOS GASTOS HIPOTECARIOS

La Audiencia Provincial de Granada se ha pronunciado sobre el candente tema de la reclamación de los gastos de formalización del préstamo hipotecario en la sentencia número 409 de 22 de diciembre de 2017, que está a punto de publicarse.

Según esta sentencia, los gastos de notaría deben ser abonado por mitad entre el banco y el cliente, el Impuesto, en su totalidad, por el cliente y el de Registro por el banco. En el supuesto estudiado no se reclaman ni los gastos de gestoría ni los de tasación, por lo que la Audiencia Provincial no se pronuncia al respecto, aunque parece que el criterio de la mayoría de los juzgados de primera instancia es la devolución total de lo abonado por estos conceptos.

Sin duda es un jarro de agua fría que hará que se planteen si realmente merece la pena reclamar judicialmente estos gastos, puesto que la cuantía se reduce sensiblemente.

No obstante, debemos recordar que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo anunció que unificará criterios acerca de sobre quién recae el gasto de los Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Ante la actual perspectiva, en Granada Legal abogados recomendamos a nuestros clientes esperar a que el Tribunal Supremo unifique criterios, antes de presentar una demanda únicamente reclamando estos gastos de formalización del préstamo hipotecario.

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